miércoles, 24 de junio de 2009

Más curiosidades sin chiste alguno.

En el proemio de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos de 1824, me encontré con esta curiosidad:

Constitución de 1824
(4 de octubre de 1824)


En el nombre de Dios todopoderoso, autor y supremo legislador de la sociedad. El Congreso general constituyente de la nación mexicana, en desempeño de los deberes que le han impuesto sus comitentes, para fijar su independencia política, establecer y afirmar su libertad, y promover su prosperidad y gloria, decreta la siguiente
Constitución de los Estados Unidos Mexicanos
Y en el artículo 7 de la Ley de Amparo vigente a diciembre de 1976 decía que:
ARTICULO 7o.- La mujer casada puede pedir amparo sin la intervención del marido.

Y todavía dicen que la mujer no tiene derechos. =)

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